El presente reglamento regula en forma general las políticas y procedimientos del préstamo del material bibliográfico de la Universidad del Bío-Bío, en las Bibliotecas de las Sedes Concepción y Chillán.

 

CATEGORÍAS DE USUARIO


OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS

Los usuarios del Sistema de Bibliotecas de la Universidad del Bío-Bío deberán cumplir los siguientes requisitos en relación a los servicios otorgados:

 TITULO III
TIPO DE PRÉSTAMOS

Para determinar el tipo de préstamo, el material bibliográfico se define de acuerdo a las siguientes categorías:

El préstamo del material bibliográfico que conforman las colecciones de las secciones de Referencia/Hemeroteca y Sala de Estudios Regionales Francisco Nuñez de Pineda y Bascuñan, ubicada en la biblioteca Campus La Casitilla, Sede Chillán, está condicionado a su uso en sala.

 

PRÉSTAMOS A DOMICILIO

TABLA DE PRÉSTAMO A DOMICILIO

Categoría de Usuario Colección

Cantidad
Normal

Cantidad
Excepcional

Días Plazo
Normal

Días Plazo
Excepcional

Alumno Regular

Diaria
Referencia
General

1
0
3

3
2
4

1
0
3

3
1
15

Alumno Memorista Diaria
Referencia
General

1
0
4

3
3
6

1
0
4

3
3
20

Docente Investigador Diaria
Referencia
General

1
0
5

3
4
8

1
0
3

4
4
30

Personal Administrativo Diaria
Referencia
General

1
0
3

2
2
4

1
0
3

4
1
15

Usuario Externo Diaria
Referencia
General

1
0
3

2
0
4

1
0
3

4
0
15

Usuario Interbibliotecario (PIB) Diaria
Referencia
General

0
0
3

0
0
4

0
0
8

0
0
15

 

INFRACCIONES

Serán consideradas infracciones al presente reglamento las siguientes situaciones:

- El retraso en la devolución del material bibliográfico.
- La no devolución del material solicitado para su uso en sala.
- El no retiro del material bibliográfico reservado en línea.
- El deterioro del material bibliográfico solicitado.
- La descortesía grave con los funcionarios de las Bibliotecas.
- La provocación intencional de daños a las Bibliotecas.

SUSPENSIONES

El incumplimiento de los plazos en la devolución del material bibliográfico dará motivo, según su categoría, a días de suspensión de los servicios otorgados por las Bibliotecas, de acuerdo a la siguiente tabla:

 

TABLA DE SUSPENSIONES

Categoría de Libro

Días de
Atraso

Días de
Suspensión

Colección Diaria

1
2
3
4
5
6
10
20
30
60
120
240
365

2
7
14
21
28
35
60
90
120
150
180
210
365

Colección General

1
2
3
4
5
6
10
20
30
60
120
240
365

1
2
3
4
5
6
14
21
28
90
150
280
365

Colección Referencia y Hemeroteca

1
2
3
4
5
6
10

30
60
90
120
150
180
365

Reserva de Libros

5

En caso de extravío del material bibliográfico, el usuario deberá dar aviso inmediato a la Biblioteca. Tendrá un plazo de 15 días para reponer el mismo título, durante el cual podrá utilizar los servicios que ofrecen las Bibliotecas; sin embargo, si vencido el plazo y por motivos plenamente justificados no ha podido hacer la reposición, podrá solicitar renovación de plazo.